El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de separación de cuerpos en divorcio, y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: PEDRO JAVIER LARA SOLORZANO e INEISA ANGELICA TESARES GALINDO, supra-identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en su primer aparte, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio, del Estado Guárico, en fecha 19 de Marzo del año 2.010, como consta en Copia Certificada de Acta N° 070, de esa misma fecha, que riela al folio Dos (02) del presente expediente.
Remítase copia a las autoridades civiles competentes.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del .....