Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO , intento la ciudadana: MARIA ROSANA GONZALEZ DE MOTA contra la ciudadana CARMEN DAMELYS MOTA BELLO todos identificados plenamente en el cuerpo del presente fallo y como consecuencia de ello declara RESUELTO el contrato de arrendamiento verbal entre ellas celebrado y como consecuencia de ello se CONDENA esta última a devolver el inmueble objeto del contrato de arrendamiento resuelto, que consiste en una casa de habitación ubicada en la Urbanización Rómulo Gallegos, Sector 4, Vereda 9, casa Nº 5 en esta ciudad, completamente desocupado, libre de personas y bienes; así mismo a cancelar el monto de OCHOCIENTOS BOLIVARES .....