El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: YAMELIS DEL ROSARIO URBINA DE TORREALBA y RAFAEL DE JESUS TORREALBA ALVAREZ, supra-identificados, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil, el cual contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 26 de Diciembre de 1980, como se evidencia del acta de matrimonio que en copia certificada, riela al folio Cinco (05) del expediente, acta Nº 299.
Remítase copia a las autoridades civiles competentes.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripció.....