Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, y de conformidad con el artículo 116, 102 en su literal F, y el artículo 108 de la misma ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, intentada por la ciudadana: GLENMAR ASTRID MONAGAS GALLARDO, ya identificada, contra el ciudadano CARLOS DI GIOSIA, titular de la cédula de identidad Nº 12.447.130, representante de la Agencia de loterías Vitara II, por: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, y como consecuencia de la declaratoria Parcialmente con lugar de la presente sentencia hace los siguientes pronunciamientos:
Primero. Condena a la parte demandada a pagar, a la ciudadana. Glenmar Monagas Gallardo, la cantidad de: OCHENTA Y DOS MIL TRECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES (B.....