Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARO COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara JOSE FRANCISCO VALERAPIÑERO, a la ciudadana: VICENTA COROMOTO REBOLLEDO de VELERA y a sus hijos DIANNY COROMOTO VALERA REBOLLEDO y JOSE FRANCISCO VALERA REBOLEDO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.345.588, V-14.926.174 y V-15.812.967, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley. Así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.- DÉJESE CONSTANCIA EN EL LIBRO DIARIO Y EN EL DE SOLICITUDES. Devuélvase Original con sus resultas a la interesada. CÚMPLASE.-
DADA, FIRMADA.....