Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Calabozo, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 506 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1354 del Código Civil y Artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR por inadmisible la demanda que por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR EL VENCIMIENTO DEL TÈRMINO incoara el ciudadano FRANK ALEXIS VIÑA SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.617.987, asistido por el Abogado en ejercicio JUAN JOSÉ PINO DE LA ROSA, venezolano, mayor de edad, con domicilio en San Juan de los Morros, titular de la Cédula de.....