Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos JESUS GABRIEL OCHOA BOLIVAR y MARBELLA AZUCENA LAYA SOSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de las Cédulas de identidad Nros: V- 12.991.464 y 12.991.676 respectivamente y debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN ERASMO MOLINA L., Inpreabogado Nº 96.903. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 18 de Abril del año 1995, por ante el Registrador Municipal del Municipio Francisco de miranda del Estado Guárico.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dado, firmado .....