Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y san Gerónimo de Guayabal de la Circunscripciòn Judicial del Estado Guàrico, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artìculos 362 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 31 y 68 ambos de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, DECLARA CONFESO, a la parte Demandada, Empresa ARROCERA GRANO LLANO C.A., en la persona de su Director Administrativo, ciudadano: DANIEL VENTURI ARIZA, y en consecuencia declara CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, intentada por el ciudadano: HORACIO EFRAIN LORETO FEBRES, titular de la cédula de identidad Nº 4.394.147, debidamente representado por sus Apoderados Judiciales, Abogados: JUAN ERASMO MOLINA LABRADOR Y JUAN ERASMO MOLINA YEPEZ, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs 96.903 y.....