:Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 362 y 887 ambos del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CONFESO, al ciudadano ARMANDO FRATTAROLI CORSI, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.624.096, de este domicilio, y en virtud de haber quedado Confesa en el Juicio, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, de DESALOJO DE INMUEBLE conjuntamente la RESOLUCION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la ciudadana ZENAIDA MARGARITA LINARES, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.164.574, domiciliada en esta Ciudad, asistida por los Abogados en Ejercicio Juan Erasmo Molina L. y Juan Erasmo.....