Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1.159, 1.160, 1.167 y 1.264 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por motivo de Cumplimiento de Contrato de Venta a Crédito con Reserva de Dominio, incoara la ciudadana: Abg. Alicia Fernández Clavo, en su condición de apoderada judicial del Banco Provincial S.A., Banco Universal, en contra del ciudadano Carlos Ernesto Méndez Mota.
SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de fondo de falta de cualidad del actor opuesta por el demandado.
TERCERO: En cuanto a la Inde.....