Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, DECLARA INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA, para seguir conociendo de la presente causa, y declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-Líbrese Oficio.-
Regístrese, Publíquese y déjese copia certificada para el archivo de éste juzgado. Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los dieciocho días del mes de Julio de Dos Mil Seis (18-07-2.006).
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación
LA JUEZ TEMPORAL
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