Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y san Gerónimo de Guayabal de la Circunscripciòn Judicial del Estado Guàrico, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en los Artìculos 362 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 31 y 68 ambos de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, DECLARA CONFESO, a la parte Demandada, ciudadano: CARLOS MARIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en su condición de Administrador del Hato El Molino, ubicado en la vía el Calvario Municipio del Estado Guárico, y en consecuencia declara CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA, intentada por FELIX ANDRES VIERMA, ya identificado, por: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, y en virtud de esta declaratoria hace los siguientes señalamientos..................................................
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