Este Juzgado de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa María de Ipire, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara SIN LUGAR la acción de desalojo intentada por la ciudadana AZUCENA BALZA, contra la ciudadana LUISA HERNANDEZ, ambas suficientemente identificadas en autos; acción relacionada a la casa de habitación situada en la Calle Sucre S/N, Sector Lomas, del Municipio Autónomo Pedro Zaraza del Estado Guárico, constante de tres (3) habitaciones, dos (2) sala, una (1) cocina, comedor y un baño con todos sus accesorios con paredes de cemento y bahareque, piso de cemento, techos de acerolit con ventanas de hierro y vidrios, puerta de la cocina de hierro, igualmente las puertas principales de hierro, cercada con paredones de bloques por los lados Norte, Sur y Este, y por el oeste con tela metálica y estantes de madera; alinderada por el NORTE: Solar de Luis Carrasq.....