Este Juzgado de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa Maria de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara la reposición de la causa al estado de nueva admisión de la misma, acción intentada por el ciudadano JOSE RAFAEL FAJARDO, contra el ciudadano ELIO CAMPOS FERNANDEZ.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la acción.
Conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda la notificación de las partes.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa María de Ipire, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Zaraza, a los Treinta (30) días del mes de Octubre de Dos Mil Seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Temporal,
ABOG. RAFAEL RODRIGUEZ CONTASTI.
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