; en consecuencia el Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior de los menores, se aperturara cuenta de ahorro en el Banco Mercantil de esta localidad, donde el demandado-obligado depositara la pensión alimentaria mensual, la misma serà administrada por la progenitora de los mismos, ciudadana ZAIDA JOSEFINA BLANCO SANCHEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 8.630.683, siempre bajo la supervisión y control de esta instancia judicial, siendo condiciòn expresa que para tales fines (administrativos y movilización) serà necesario presentar al Banco la referida autorización pertinente, otorgada por este Tribunal. Provéase lo conducente.-