Vista propuesta de obligación de manutención, (f.10), por ante este despacho por parte del demandado-obligado, ciudadano: MIGUEL ANGEL ARAY HERNANDEZ, en fecha 04 de Mayo de 2009, donde propuso de obligación de manutención en la cantidad de Bs. 300,00 mensual, lo correspondiente a la època escolar y lo concerniente a la època decembrina, mèdico y medicinas cuando se requiera; y la aceptación por parte actora, la ciudadana: INGRID JOSEFINA ARTEAGA SILVA, en representación de los menores XXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXX; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente.-