De lo anterior infiere el Tribunal, que, la demandada Marina Peña de Navas, convino en la demanda, en consecuencia Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad al artículo 263 ejusdem, declara consumado el acto, (convenimiento), le imparte su homologación.- Provease lo conducente.-