Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado del Municipio José Felix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de menores, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Sin lugar la solicitud de modificación y Revocatoria de Convenimiento de Pensión Alimentaria, en la presente causa, introducida por el ciudadano: RAUL ALBERTO CALCURAIN GARCIA, asistido por su apoderada, abogada Eraida Campos Hernández, en contra la ciudadana . MARIELYS JOSEFINA HERNANDEZ LARA, en representación de sus menores hijos .LUIS ALBERTO, LEYS MARY, RAUL ALBERTO y GABRIELIS JACHELENNE CALCUARIN HERNANDEZ, todos suficientemente identificados en autos.-
En consecuencia se mantiene vigente el convenimiento establecido entre las partes en fecha 04-08-2004 (f. 19) , y homologado por esta instancia Judicial en fecha 12 de Agosto de 2004, en los términos estableci.....