El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por el mencionado ciudadano, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden de este Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a los ciudadanos: HEIZEL JAISARI, YOVELIS YAMILETH, JOYCÉ YORMARY, PABLO RAMÓN y GLAUDENIS DANIXA NAVAS LANDAETA, plenamente identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta DILIA MERCEDES LANDAETA DE NAVAS, anteriormente identificada. Y así se decide.-