Este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la Repúblicas de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decretó el Embargo Ejecutivo del inmueble constituido por una casa ubicada en la Avenida Los Llanos N° 80 de esta ciudad, propiedad del ciudadano JUAN JOSE COLINA OJEDA, el cual está debidamente registrado por ante el Registro Subalterno del Distrito Roscio, Bajo el N° 23, folios 84 al 88, protocolo I, tomo II, tercer trimestre de 1994 por la cantidad de 8.581.542,oo bolívares.