Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes , en cuanto al monto cancelado y el acordado a cancelar en un lapso de Díez días continuos a partir de la presente fecha. Asimismo decreta el Embargo Preventivo por la cantidad de un millón cuatrocientos mil bolívares (1.400.000,oo Bs), sobre los bienes señalados por la parte ejecutante y avaluado prudencialmente por el experto designado.-