Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a desincorporar una cerca de alambre de púas y estante de madera de seis metros (6 Mts) de ancho aproximadamente y a construir un falso en su lugar que permita el acceso a la servidumbre de paso y por ende al fundo Barrialote Central propiedad del ciudadano Teodoro Bolívar, constante de aproximadamente (20 Hás) a fin de que cesen los actos perturbatorios ocasionados por la interrupción del paso a la mencionada finca.