PRUEBA DE INFORMES
Respecto de la prueba de informes promovida en el CAPÍTULO CUARTO, del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes, en consecuencia, a los fines previstos en el articulo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ofíciese a la Empresa PDVSA PETROLEOS C.A., con sede en Santomé, Municipio José Maria Freites del Estado Anzoátegui a los fines de requerir la información solicitada en dichos particulares. Líbrense Oficios.
EL JUEZ,
ABG. JOSE GREGORIO PÉREZ DUARTE
LA SECRETARIA,
ABG. ANAMAR PEREZ
JGPD/AP.-