No hay condenatoria en costas, dado el carácter parcialmente con lugar de la presente sentencia.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en Valle de la Pascua, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. JOSE GREGORIO PEREZ DUARTE
LA SECRETARIA
ABG. INDIRA MORA PEÑA
En la misma fecha, sien las 03:12 p.m., se publicó la anterior sentencia y se dejó la copia autorizada.
SECRETARIA
JGPD/IMP/MM