DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida Cautelar de Suspensión de Efectos Particulares solicitada por la Sociedad Mercantil PROFIT CORPORATION C.A., en contra de la Providencia Administrativa número CMO-0774-16 relacionada con el expediente número GUA-23-IA-15-0176 de fecha 16 de Febrero de 2016, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de los Estados Guárico y Apure del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
Publíquese, regístrese. Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los ocho (08) días del mes de Julio de 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. JAV.....