Con fundamento en las razones de hechos y de Derecho; este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en Valle de la Pascua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, en fecha 08 de junio de 2018; y en consecuencia, se ordena la remisión a su tribunal de origen a los fines legales consiguientes.-