DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público, en contra del auto fundado publicado en fecha 22-11-2010, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, con sede en San Juan de Los Morros, toda vez que consta en acta el fallecimiento del imputado y la solicitud expresa de renunciar al recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notífiquese y diarícese. Déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones Sección Penal de adolescente, estado Guár.....