DISPOSITIVA.
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad de adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACION INTENTADO, ejercido por la Abogada Azucena Yurizhan Álvarez López, en su condición de Defensor Publico Penal Segunda, actuante en la causa seguida al ciudadano, W.A.Z.M. (identidad omitida por mandato legal), en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, en fecha 04 de mayo de 2012, mediante la cual dicta la Medida Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad a lo previsto en el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con el articulo 250 del Código Orgánico Proces.....