DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que Corte de Apelaciones, DECLARA: UNICO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACION INTENTADO POR DECAIMIENTO DEL OBJETO, ejercido por la Abg. AZUCENA ÁLVAREZ, Defensora Pública Penal Nº 02, en representación del adolescente WILSON YHONDEIVER OCHOA CERVANTE, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Agosto del 2014, y publicada en fecha 28 de Agosto del 2014, por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del estado Guarico, San Juan de los Morros. Ante tal resolución, en efecto ha operado la pérdida del interés procesal de la parte actora, en consecuencia al decaimiento y extinción de la acción rescisoria intentada dado.....