DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN intentado por la Abg. Susan Cris Salcedo Olivera, en representación del adolescente A. M. O. V, contra la decisión dictada en fecha 29/05/2015 y publicada en su texto integro el 02/06/2015 por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, San Juan de los Morros, en virtud del DECAIMIENTO DEL OBJETO de la acción recursiva.