DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la Abg. FLOR ANGEL BARRIOS HERRERA, Defensora Pública Penal Tercera Encargada, adscrita al Sistema Autónomo de Defensa Pública, Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, San Juan de Los Morros, Estado Guárico; por motivos diferentes a los alegados por la defensa en su carácter de Defensora de los adolescentes ( J.A.M.R Y G.A.C, identidad omitida de acuerdo al artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), en contra del auto fundado dictado por el Tribunal 2º de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adole.....