DISPOSITIVA: Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación intentado por el Abg. Carlos Alberto Carrasquel Quereigua, quien actúa con el carácter de defensor privado del adolescente O. N. Q. P., en contra de la decisión dictada en fecha 04 de julio de 2016, por el Juzgado Segundo (2º) de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de Los Morros, que admitió los medios de pruebas, específicamente el testimonio de los funcionarios Eduardo Graterol y Jetza Guillen, en calidad de expertos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub delegación Zaraza y el dicho de otros dos funcionarios a.....