Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Estado Guárico, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir de la manera siguiente: PRIMERO: Decreta el sobreseimiento Definitivo de la causa que se le sigue al ciudadano CARLOS EDUARDO GARCIA AGUILAR, venezolano, de 17 años de edad, soltero, obrero, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda donde nació en fecha 05/09/1987, hijo de azaro García y de Mercedes Aguilar porta cédula de identidad Nº 18.130.657, residenciado en El Toco, Aras Villamar, entrada por el club Giraldo, Parroquia Parapara, Estado Guárico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 561 de la Ley Orgánica para ala Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se dejan sin efecto las medidas cautelares o cualesquiera otra forma de restricción .....