Se registrò y publico auto separado en la presente causa en la que se decidiò lo siguiente: decidio declarar con lugar la solicitud de flagrancia solicitada por el ministerio público; la realización del examen psico-social y psiquiátrico, el cual lo realizará el equipo multidisciplinario del CDT; se acordó mantenerlo en resguardo en el centro de internamiento hasta el martes 7/12/04, fecha en que será entregado a su madre por parte de la trabajadora social. De igual modo se acordó la realización de un examen médico forense solicitado por la defensa. Se impuso al adolescente de la medida cautelar prevista en el artículo 582 literal "b" de la Lopna. Se acordó la aplicación del procedimiento ordinario y se ordenó la remisión de las actuaciones a la fiscalía XIII del Ministerio Público.