Se publicó resolución en la cual se Ordenó El Sobreseimiento Definitivo de la Causa de conformidad con lo establecido en el literal "d" Artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Ordinal 1°del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.