decision en la cual se decidio de la siguiente manera: PRIMERO: Se Admite como Eventual la Acusación presentada por el Ministerio Público en la cual se le atribuye al adolescente Yunior Páez, la comisión de los delitos de Lesiones Personales Culposas Graves y Porte Ilícito de Arma de Fuego. SEGUNDO: Se Admite y Homologa el Acuerdo Conciliatorio en los términos y condiciones planteados en el presente acto por las partes, y como consecuencia de ello, se Suspende el Proceso a Prueba por el lapso de Tres (03) meses, a partir de la presente fecha. TERCERO: Se Acuerdan Ordenes de Orientación al adolescente IMPUTADO. CUARTO: Se impone igualmente al adolescente la obligación de cumplir el pacto de no agresión a la victima. QUINTO: Las obligaciones impuestas al ciudadano IMPUTADO, son de estricto cumplimiento, por lo que deberá notificar al Ministerio Publico sobre cualquier cambio de residencia, lugar de trabajo, o instituto educativo.