se decretó: 1)Se Declara con lugar la Solicitud de la Representación fiscal en cuanto a la Libertad Plena del adolescente imputado, por cuanto dicha detención no reúne los requisitos establecidos en los Artículos 557 de la LOPNA, en concordancia con el ordinal 1´Constituciónal 2)Se declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público y se Acuerda la LIBERTAD PLENA los adolescentes, como consecuencia de ello se les concede la Libertad desde la sala de audiencias de este Tribunal.3) Se Acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario.4) Ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía XIII del Ministerio Público, a los fines de que continúen con las investigaciones y dicte el posterior acto conclusivo de dicha investigación