1°) Admite la Conciliación Propuesta por las partes en el Acto de la Audiencia del juicio Oral. 2°) Homologa La Conciliación propuesta por las partes en los términos y condiciones planteadas por las mismas, por lo que en consecuencia se Ordena la Suspensión del Proceso a Pruebas por un termino de Cinco (05) meses, de conformidad con lo establecido en el Artículo 564 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. 3°) Impone a los ciudadanos (identidad omitida) del cumplimiento de Ordenes de Orientación por ante el Consejo Municipal de Derecho del Municipio Infante, Estado Guárico, debiéndose presentar mensualmente y por el lapso de Cinco (05) meses, debiendo dicho ente remitir información periódica de dicho cumplimiento a este tribunal. 4°) Se impone, igualmente a los adolescentes la obligación de notificar al Ministerio Público todo cambio de domicilio, residencia, lugar de trabajo o instituto educacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artícul.....