Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada. Segundo: SE REVOCA PARCIALMENTE la sentencia recurrida de fecha 12 de diciembre de 2008, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción Judicial. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Rosalia Gerder contra la Gobernación del Estado Guarico