DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abg. David Padrino, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.821, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.