Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. En consecuencia se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la decisión recurrida de fecha 04 de noviembre de 2009, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Guarico, que declaró Con Lugar la defensa de Prescripción alegada por la parte demandada y Sin Lugar la Demanda en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano José Luís Velásquez contra Diademas Unidas C.A.-