Aclaratoria del fallo de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2011, respecto a:: La Aplicabilidad del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, que debió condenarse en Bs. 37.800,00 y no en Bs.25.200, tal como fue acordado por el tribunal de la instancia.