este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada y CONFIRMA la decisión recurrida, que declaró Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano José Gregorio Rodríguez contra la Empresa Orval, C.A,