Este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte actora recurrente. Segundo: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente. SE CONFIRMA la sentencia recurrida de fecha trece 29 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Tercero: SE DECLARA PARCIALMENTE Con Lugar la demanda interpuesta por el Ciudadano Pedro Vidal Herrera contra Agroindustrias Integrales C.A (AGROINTECA).