En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada Abogado Juan José Tovar. SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión recurrida de fecha 30 de Enero de 2006, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda incoada contra Frigorífico Light. CUARTO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada contra Frigorífico Dos Caminos S.R.L,