Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 11 de Enero del año 2006 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. TERCERO: Se repone la causa al estado que el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en la ciudad de Calabozo oiga libremente la apelación de fecha 10 de junio de 2006 interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante.