Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Segundo: Se confirma en toda y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha 18 de noviembre de 2008, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se declara Sin Lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Octavio Andrés Viana Montoya contra Empresa Cervecerías Polar C.A.