Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte co demandada Frigorífico La Caridad del Cobre. Segundo: Se revoca la decisión recurrida de fecha 17 de Abril del 2006, proveniente del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Calabozo que declaró La Admisión de los Hechos alegados por el demandante y Con Lugar la demanda incoada. En consecuencia SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo con sede en la Ciudad de Calabozo, libre notificación a la parte co demanda Seguridad Asociada de Vigilancia C.A, de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánic.....