En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN DE LA PARTE DEMANDANTE. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. TERCERO: SE REVOCA la decisión de fecha de 07 de Junio del año 2006 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua. CUARTO: SIN LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales intentada por el ciudadano Ramón Antonio Lara contra Tasca Restaurant Pepe Grill.