Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Segundo: Se Anula la sentencia recurrida de fecha 26 de Septiembre de 2007, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano Pedro Regalado Velasquez contra Alcaldía del Municipio Sebastián Francisco de Miranda